La nómina es un documento que la empresa tiene que entregar obligatoriamente a cada trabajador.

En ella, aparecen reflejados una serie de datos sobre la empresa, la categoría del trabajador, su antigüedad, así como sus diferentes cantidades económicas.

Es el recibo del pago del salario del empleado, pero también el justificante de lo que, como trabajador, se ha pagado a la Seguridad Social, así como de las retenciones que le han practicado a cuenta del Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF). Además, al ir completada y firmada por la empresa, es un documento que tiene valor legal en caso de que haya algún problema relacionado con la misma.

La nómina actúa como un justificante de los pagos realizados a la Seguridad Social y las retenciones del IRPF pero también como un recibo de salarios, y como tal, debe contener información relativa al tipo de trabajo realizado y a las cantidades percibidas por diferentes conceptos.

PARTES DE UNA NOMINA:

ENCABEZADO

La normativa obliga a incluir una serie de datos en la nómina, que sirven para identificar la empresa y al trabajador, ante el Servicio Público de Empleo Estatal , la Seguridad Social y la Agencia Tributaria. ¿Qué información debe constar en el encabezado de una nómina?

En la parte de la empresa aparecerá:

En la parte del trabajador figurará:

El periodo de liquidación de la nómina también debe aparecer en este apartado.

DEVENGOS

Los devengos son los ingresos que recibe el trabajador. Se distribuyen en dos categorías:

Percepciones salariales

Las percepciones salariales de la nómina son las cantidades que se entregan como retribución al trabajo del empleado. Normalmente, se distinguen varias partidas, cuya suma es lo que se denomina salario bruto. Dentro de estos conceptos se pueden encontrar:

  1. De carácter personal: en función de la antigüedad, el cargo, formación o cualquier complemento que haga referencia a las condiciones personales. Es el caso del complemento por antigüedad, por responsabilidad o por tus conocimientos.
  2. Por el tipo de puesto de trabajo: en este punto lo que retribuyen la singularidad del mismo. Los más habituales y conocidos son el de nocturnidad, el de peligrosidad o el de turnos.
  3. Primas de productividad: son aquellas retribuciones que se abonan en función de la cantidad o calidad del trabajo que realiza el empleado
  4. Horas extraordinarias: este concepto corresponde al pago de las horas trabajadas más allá de su horario laboral marcado por contrato.
  5. Gratificaciones extraordinarias: los trabajadores tienen derecho a dos pagas extraordinarias al año, una de ellas con ocasión de las fiestas de Navidad y la otra en el mes que se fije por convenio colectivo. En el caso de que estén prorrateadas, es decir, que se paguen mes a mes la parte correspondiente al total de esas dos pagas, aparecerá en este apartado.
  6. Salario en especie: es la percepción no monetaria que recibe el empleado en forma de bienes o servicios y que forma parte de su salario. Es el caso de la utilización de un coche de empresa, de la contratación de un seguro o de vales restaurante, entre otros.

Percepciones no salariales

Son esos bienes y servicios que se recibe de la empresa pero que no tributan como salario. No tienen deducción de IRPF y, algunas de ellas, tampoco cotizan a la Seguridad Social.

DEDUCCIONES

Las deducciones en una nómina comprenden los pagos que hace el empresario a la Seguridad Social para cubrir una eventual baja por incapacidad, su futura pensión o su seguro de desempleo y que se restan de sus ingresos. También se deducirá una retención que corresponde a un adelanto del impuesto sobre la renta, cuyo importe final se concretará cuando haga stu declaración. Las principales deducciones que podrás ver en tu nómina son:

Aportaciones del trabajador a las cotizaciones a la Seguridad Social

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Es un adelanto de lo que le corresponde contribuir a este impuesto en la Declaración de la Renta, en la que se concretará la cifra exacta. El porcentaje de esta retención no es fijo, ya que dependerá de lo que gane , de sus circunstancias personales y familiares (estado civil, número de hijos, personas a su cargo, grado de discapacidad…). El mínimo que se debe retener es un 2%, pero se puede ajustar.

Anticipos

Tiene derecho a recibir anticipos a cuenta del trabajo ya realizado antes de que llegue el día de pago. En ese caso, la deducción correspondiente al dinero solicitado se recogerá en este apartado.

Valor de los productos recibidos en especie

Este valor es correspondiente a la cuantía en que se valoraron los productos en especie que ya se habían incluido en el apartado de devengos como “complemento salarial”.

Líquido a percibir

Conocida la suma de los devengos y de las deducciones, por fin sabrá cuanto se le va a ingresar en su cuenta. El líquido a percibir es el salario neto, el que realmente va a llegar a su bolsillo. Se calcula restando del total devengado la cantidad que hay que deducir.

BLOQUE DE SELLOS Y FIRMAS

En la parte de debajo de la nómina tiene que aparecer también un bloque en el que la empresa, el pagador, incluya su firma y/o sello, que vendrá acompañado por la fecha de entrega de la nómina y un espacio para el llamado ´recibí´, donde el trabajador tiene que firmar y poner la fecha en la que lo ha recibido (en caso de que la empresa se quede con una copia). De manera opcional, puede aparecer también el número de cuenta en el que se hace el ingreso.

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